Tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados se acogió el informe de la Comisión Mixta que busca la mejora de la normativa, principalmente aumentando de un 1% a un 2% el porcentaje mínimo que deben cumplir las empresas que cuenten con 100 o más trabajadores. Con esto, deja de ser un proyecto y queda lista para ser promulgada como ley oficial.

A través de sus redes sociales, el Ministerio de Desarrollo Social juntos al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres), y la Subsecretaría del Trabajo, celebraron la aprobación de las modificaciones para la ley 21.015 sobre Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad y asignación de pensión de invalidez. 

En la sesión el Senado y en la Cámara de Diputados se dio el vamos al informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias surgidas entre ambas Cámaras durante la tramitación de la iniciativa que busca cambiar algunos puntos del Código de Trabajo y otros cuerpos legales en torno a la temática. 

Según se explica en la página oficial del hemiciclo, “los fundamentos de las iniciativa legales que integran este proyecto de ley, se señala que, desde la ratificación de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, en el año 2008, nuestro país ha asumido un nuevo paradigma sobre la discapacidad, centrado en las personas, el respeto de sus derechos y el fomento de su independencia y autonomía, de lo que se ha derivado el deber del Estado de adecuar nuestra legislación a fin de eliminar las barreras que impiden o restringen la interacción de aquellos con el entorno y su participación en la sociedad en igualdad de condiciones”.

Dentro de los puntos que se buscan modificar están: 

  • Aumentar, de un 1% a un 2%, el porcentaje mínimo de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, que toda empresa de 100 o más trabajadores, deberán contratar o mantener contratados, según corresponda en relación al total de sus trabajadores.
  • Disponer que las empresas que decidan el cumplimiento subsidiario de donaciones no podrán destinar más del 50% de los recursos a una sola organización y los recursos deberán destinarse, al menos, a un proyecto o iniciativa que se vaya a ejecutar en una región distinta de la Metropolitana.
  • Reforzar la fiscalización en el sector público a través de la Contraloría General de la República.
  • Incrementar las multas aplicables para el sector privado por incumplimiento de la normativa.   

Sobre al aumento del 1% al 2%, este será efectivo el primer día de enero del año siguiente del envío del informe de los ministerios de Trabajo, Desarrollo Social y Hacienda. Este texto dará cuenta del cumplimiento del 1% en el 80% de las empresas o instituciones obligadas. Dicho informe se enviará 12 meses después de publicada la normativa.

En tanto, las normas que regulan el ingreso a la administración del Estado, a los municipios y a la dotación de asistentes de educación pública, se aplicarán luego de 12 meses de publicada la ley.

 

Fuente: https://www.camara.cl/cms/despachan-a-ley-mayor-inclusion-laboral-de-personas-con-discapacidad/

https://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=sesionessala&ac=getDocumento&teseid=74931&legiid=504