La Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de Personas en situación de discapacidad y adultos mayores a servicios de transporte público remunerado de pasajeros.
Los tres puntos que contempla este proyecto, y que está publicado en la página web de la Cámara de Diputados, son los siguientes:
1.-Establecer como una falta gravísima, cuando un chofer ponga en movimiento o no detenga completamente su vehículo cuando haya pasajeros con discapacidad o adultos mayores, que deseen subir o bajar del vehículo. Ello en directa contravención a la prohibición del numeral 5, arto 87, de la Ley del Tránsito.
2.-Establecer como una falta gravísima el exigir a un pasajero con discapacidad o adulto mayor, el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros.
3.-Establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación
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