EL PROYECTO APROBADO POR TRES VOTOS CONTRA DOS, ESTABLECE QUE LOS PARTIDOS O PACTOS DEBERÁN DESTINAR AL MENOS UN 5% DE SUS NÓMINAS PARA LA INCLUSIÓN PESD. EN EL CASO DE LAS LISTAS INDEPENDIENTES DE 6 O MÁS CANDIDATOS, EL MÍNIMO ES UNA PERSONA EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD. AHORA DEBERÁ SER APROBADO POR EL SENADO.

La Comisión de Constitución aprobó este viernes por la madrugada la norma que asegura la inclusión de personas con discapacidad en las listas de candidaturas para la Convención Constitucional, el órgano encargado de redactar la nueva Carta Fundamental.

La fórmula aprobada señala que “de la totalidad de las declaraciones de candidaturas de las listas conformadas por un solo partido o pactos electorales de partidos políticos, se establecerá un porcentaje mínimo de 5 por ciento del total respectivo de candidaturas para personas con discapacidad”.

“Para calcular este cuociente, se aproximará dicho porcentaje al entero superior”, precisa.

En tanto, en los pactos electorales de independientes, en caso que se componga por seis o más candidaturas, “deberá tener al menos una persona con discapacidad”.

Sin embargo, la decisión aún no es definitiva, pues la reforma constitucional debe ser vista ahora por la Sala de la Cámara Alta y con un quórum especial, que ni el bloque opositor, ni el oficialista tienen por sí solos para defender y promover sus respectivas propuestas.

Más temprano en la sesión, la Comisión de Constitución del Senado aprobó destinar 24 escaños reservados para los pueblos originarios para la Convención Constitucional, adicionales a los 155 que originalmente se determinó.

Fuente: cooperativa.cl