El tribunal ordenó dejar sin efecto la medida tras no existir un proceso investigativo previo a la sanción. Debido a esta resolución, el colegio deberá reintegrar al estudiante expulsado.

Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Talca dejó sin efecto la decisión de la Sociedad Educacional Colegio Baltazar y su director, Luis Moya, quienes habían expulsado a un estudiante diagnosticado con autismo quien no tuvo oportunidad de defensa ni tampoco se acreditaron las graves conductas imputadas en su contra.

En el fallo se explica que “El acto que se denuncia como vulneratorio de garantías consagradas constitucionalmente, consiste en la decisión de la recurrida de expulsar al alumno, quien ha sido diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA), y sin que haya mediado algún proceso investigativo previo a una sanción de la máxima gravedad, como es la expulsión, en que el estudiante o sus apoderados pudieran defenderse de las situaciones que se le imputan y que no se acreditan por parte de las recurridas”. 

En la resolución se agrega que “no se puede desatender la condición TEA que tiene el alumno expulsado, por lo que correspondía a la recurrida dar cumplimiento a la normativa de educación inclusiva, contemplada en la Ley 21.545; sin embargo esta se asila en el reglamento interno del colegio, que no considera las normas y el espíritu de la mencionada ley, sin que haya acreditado el cumplimiento de las normas a que la mentada ley la obligaba, para dar cumplimiento a la educación inclusiva que necesita el alumno”. 

De esta manera, el recurso se acogió sin costas, lo que obligará al establecimiento educacional – que según expresa en su página web, su enseñanza está inspirada en el método Montessori– a reintegrar al estudiante.  

Fuentes: https://cooperativa.cl/noticias/pais/region-del-maule/corte-de-talca-ordeno-a-colegio-readmitir-a-alumno-tea-expulsado/2024-08-05/103600.html