La puesta en marcha de la Ley de Inclusión Laboral el 1 de abril será la prueba de fuego para el Decreto Supremo N°50, que regula los estándares de diseño y construcción de los espacios que ocupan las personas en situación de discapacidad.

Con la partida el 1 de abril de la Ley de Inclusión Laboral, las organizaciones no sólo deberán incorporar trabajadores en situación de discapacidad, sino que también deberán apurar el proceso de transformación de sus infraestructuras para dar acogida a estos nuevos actores.

“Hay que dividir y separar muy bien lo que es la habilitación del puesto de trabajo, y lo que es la accesibilidad del edificio en el cual está inserta la persona en situación de discapacidad. La infraestructura deberá cumplir con ciertos requisitos”, asegura Andrea Boudeguer, directora ejecutiva de BAU Accesibilidad.

En 2010 entró en vigencia la Ley 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. En ella se establece que deben ser accesibles los edificios de uso público y aquellos que presten un servicio a la comunidad. Además, se incluye a todas las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, al transporte y a los bienes nacionales de uso público.

Este fue el pie para que el 4 de marzo de 2016, se publicara el Decreto Supremo N° 50 de Accesibilidad Universal, que regula los estándares de diseño y construcción en estos espacios, lo que cobra especial relevancia con la puesta en marcha de la Ley de Inclusión Laboral.

“Los edificios deberían cumplir con ciertos requisitos de accesibilidad, pero como no son públicos ni prestan un servicio a la comunidad, en algunos casos podrían estar exentos de habilitar e implementar la norma. Pero eso no significa que una oficina o industria no pueda incorporar cosas básicas como los accesos o baños”, dice Boudeguer.

Desde el punto de vista del puesto de trabajo, las organizaciones también deberán realizar cambios. “Este debe adecuarse a los requerimientos físicos y específicos de cada persona, porque una persona puede estar en silla de ruedas o tener discapacidad visual, por ejemplo”, afirma Boudeguer.

Es por este motivo que los expertos identifican que el principal desafío de cara a lo que será la puesta en marcha de la Ley de Inclusión Laboral, es el conocimiento de la normativa del Decreto N°50. “La Ley de Accesibilidad Universal existe desde hace dos años, pero no están internalizadas ni reconocidas las obligaciones del reglamento. Entonces, con esta urgencia de comenzar a cumplir con la Ley de Inclusión Laboral, se genera este efecto de que hay que adaptar los espacios. Una cosa es darles oportunidades a las personas con discapacidad y abrirse a la contratación, pero es distinto con la infraestructura”, dice Ximena Rivas, asesora en materia de accesibilidad del Ministerio de Desarrollo social y fundadora de Incluye 360.

La clave es realizar un cambio cultural. “En algunas áreas prevalece una mirada asistencialista. Por ejemplo, hay empresas que aveces piensan que deben bajar el estándar para poder contratar personas con discapacidad en puestos menos calificados. Esa es una mirada errónea”, asegura Rivas.

Es por este motivo que es importante generar un trabajo mancomunado entre los diferentes actores. “Si se reúne el sector privado, público y las organizaciones sociales, podemos generar un trabajo que vaya más allá de la ley, que no sea sólo cumplir una cuota, sino que analizar cuáles son las dificultades que existen hoy para alcanzar esos objetivos”, afirma Rivas.

Fuente: Pulso